No Aplicará a Del Mazo la Revocación de Mandato: Reforma, a Destiempo

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*Legislaturas locales omitieron reformar leyes para revocar mandatos.

De la redacción

La Legislatura mexiquense, con mayoría simple y calificada de Morena, dejó correr el tiempo, y no impulsó la reforma constitucional necesaria para incorporar la figura de revocación de mandato antes de que el titular del ejecutivo cumpla tres años en el cargo.
Mientras no se subsane el retraso, ningún mandatario estatal estará sujeto a una consulta popular de revocación o ratificación de mandato, mucho menos Del Mazo aun cuando se aprueben los cambios constitucionales en estudio en la Cámara de Diputados, pues más allá de la no retroactividad de la ley, se pasó ya el tiempo para aplicársela, indica un análisis de “El Espectador” a la iniciativa en cuestión.
La reforma constitucional federal de este tema, en vigor desde diciembre de 2019, otorgó a las legislaturas locales un plazo máximo de 18 meses para adecuar las constituciones políticas locales a los cambios relacionados e incorporar la figura de revocación de mandato a los gobernadores, pero incumplieron esa obligación.
El proyecto en estudio por la representación popular del Estado establece los requisitos a reunir por quienes soliciten la revocación de mandato de los gobernantes mexiquenses: reunir firmas del 3 por ciento de la lista nominal de electores, distribuidas en al menos 63 municipios, con apoyo del 3 por ciento de los votantes en cada uno de éstos.
No obstante, la iniciativa establece que ese ejercicio de democracia participativa debe efectuarse una sola ocasión en el período sexenal de que se trate y, lo más importante para este análisis:
La consulta, a la cual debe convocar el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) deberá efectuarse en los siguientes tres meses posteriores al cumplimiento de los tres primeros años de ejercicio constitucional del mandatario o mandataria.
Este supuesto de tiempo legal para el gobernador Alfredo del Mazo Maza ocurrió entre el 16 de septiembre y el 16 de diciembre de 2020.
Si el trienio Legislativo, en el cual Morena y su aliados tuvieron mayoría calificada, hubiera efectuado los cambios constitucionales en los primeros meses de ese año, el gobernador pudo ser sometido a la consulta de revocación o ratificación de mandato, aun cuando no estaba claro si finalmente se le podría remover o no del cargo, pero se dejó pasar el tiempo y ahora la reforma comentada sólo podrá aplicarse a los próximos gobernadores o gobernadoras, no a del Mazo Maza.
La figura constitucional de revocación de mandato podría aplicarse por primera vez hasta el otoño de 2026, si la solicita el 3 por ciento de la lista nominal de electores de ese año y las firmas provienen de 63 municipios, porque para ese ejercicio no podrá convocarse por oficio; además, para que su resultado sea vinculatorio, deberá votarlo el 40 por ciento de los mexiquenses inscritos en el padrón electoral, de acuerdo con los cambios constitucionales propuestos.
El IEEM tendrá 30 días para revisar las firmas y documentos que acompañen la solicitud de consulta. Cumplido este trámite deberá emitir de inmediato la convocatoria para que la votación se efectúe 60 días más tarde, pero del Mazo Maza no será sometido a esta prueba de las urnas.

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