*El sistema anticorrupción estatal no considera graves el cohecho, ni peculado.
De la redacción
Desde hace muchos años los gobiernos estatales y municipales del Estado de México están considerados entre los más corruptos del país, con índices de deshonestidad muy superiores a la media nacional.
En forma por demás injusta, estos vicios se atribuyen a la entidad en su conjunto; es decir, a toda la población, que es, precisamente, víctima del segmento de las clases política y gobernante propensas a la corrupción.
Cuando ya transcurrió la quinta parte del siglo XXI, y desde el Poder Ejecutivo Federal se sostiene una lucha frontal contra la corrupción, los corruptos y la impunidad, la legislación penal mexiquense no considera delitos graves a algunas de las modalidades de la deshonestidad de los funcionarios públicos, precisamente, las más socialmente perniciosas.
De acuerdo con una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de México, en la entidad mexiquense algunas modalidades de la corrupción, como el cohecho, el peculado, el enriquecimiento ilícito (desde los cargos públicos), el abuso de autoridad y el ejercicio abusivo de las funciones públicas no son delitos graves.
La creación del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, que exigió cambios legales, incluyendo modificación al marco jurídico penal no tocó la tipificación de estos delitos.
Los dejó fuera del catálogo de ilícitos graves cometidos por los servidores públicos, quienes aun cuando incurran en estos delitos desde sus cargo y sean detenidos, podrán salir libres con la reparación del daño.
Enriquecimiento ilícito, cohecho, peculado, abuso de autoridad, abuso de funciones, las modalidades más frecuentes de la corrupción, siguen considerados como actos delictivos no graves.
Azucena Cisneros Coss, diputada local impulsora de la iniciativa de reformas al Código Penal mexiquense, recordó que la Constitución Federal incluyó estos delitos en el catálogo de los graves, que ameritan prisión oficiosa, pero la legislación mexiquense los tipifica como no graves.
La legisladora advirtió que esta clasificación de los delitos de corrupción de los servidores públicos no ayuda a prevenir y combatir ese fenómeno, sino que genera condiciones de permisividad para que cualquier funcionario realice conductas antijurídicas (corruptas) con impunidad.
ALTA IMPUNIDAD
Cisneros Coss se refirió también al problema de la alta impunidad que tienen los funcionarios corruptos. Recordó que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) encontró que de los actos de corrupción sólo se castiga el 2 por ciento, y casi nunca se sanciona a los altos mandos institucionales.