COORDENADAS POLÍTICAS
MACARIO LOZANO R.
EL DESPOJO DE INMUEBLES QUE NO SE ERRADICA, Y EL CASO
DE LA ADULTA MAYOR QUE MATÓ A DOS, POR ESTE PROBLEMA
El 24 de marzo “El Espectador” publicó en portada que el problema del despojo de viviendas por parte de grupos delictivos organizados, iniciado en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), llegó a Toluca, cuyas víctimas preferentemente son personas adultas mayores, sin familiares y sin condiciones para defender su propiedad frente a verdaderos delincuentes especializados en este ilícito, ante la indiferencia de las autoridades estatales y municipales.
En este escenario debe ubicarse la decisión de la adulta mayor Carlota “N”, quien la tarde del martes primero de este mes dio muerte a tiros a un hombre de cuarenta y un años y a un joven de 19, además de herir en ambas piernas a un adolescente, quienes presuntamente se habían apoderado de su vivienda, ubicada en el número 16-20B, de la unidad habitacional Exhacienda de Guadalupe, perteneciente al municipio de Chalco.
Nadie tiene derecho y es delito grave quitarle la vida a una persona, pero el análisis de lo ocurrido no puede desvincularse de la impunidad con que actúan grupos criminales que despojan a familias de inmuebles adquiridos o construidos con grades esfuerzos durante toda una vida, como ocurre ya en la Zona Metropolitana del Valle de Toluca, incluyendo a la propia capital mexiquense, como lo reconoció un integrante del cabildo toluqueño.
En este caso, la adulta mayor no habría cometido un delito grave, si las autoridades municipales de Chalco previnieran el despojo de viviendas. No lo hace y hasta minimizan el problema extendido en esa demarcación del oriente mexiquense. El director de Seguridad Municipal, Isaac Axel Gutiérrez, negó que sean muchos los casos y que en este, cuyo desenlace fue fatal, es una situación aislada y que además la corporación a su cargo no tenía conocimiento, ni denuncia de parte de la adulta mayor Carlota “N”.
Fue significativo lo ocurrido la noche del velorio de las dos víctimas de homicidio, perpetrado con agravantes, comenzando por la de ventaja, porque la señora estaba armada, como lo estaba un joven que la acompañaba, y que jun to con ella fue detenido en un operativo en que participaron policías de municipios de la región. Un grupo de hombres armados hizo disparos al aire, ante el desinterés de la Policía Municipal. El grupo utilizó motocicletas; es decir, su comportamiento es propio de los grupos criminales que operan en la región oriente del Estado de México.
La información oficial de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México fue escueta en este caso. Se limitó a dar a conocer la captura de la adulta mayor y sus acompañantes y colateralmente se refirió a la presunción de que las víctimas habían despojado a la adulta mayor de su vivienda, por lo que tomó la errónea decisión de hacerse justicia por mano propia, afuera del inmueble que le pertenecía. Tampoco se informó sobre el tiempo en que presuntamente se perpetró el despojo.
De acuerdo con opiniones recogidas por este espacio de reflexión, es mayoritario el grupo que, con poca conciencia de lo que significó y significa la toma de la justicia por mano propia, consideró correcto lo que ocurrió; sobre todo, porque lo ocurrido inhibirá el delito de despojo por parte de criminales, que afectan en forma particular a personas adultas mayores, quienes por regla general no pueden defenderse, ni defender sus bienes inmuebles.
No estuvo bien la muerte de estas dos personas, aun en el caso de que hayan sido delincuentes, por más que se entienda la irritación de quien sufrió presuntamente el despojo de su casa, porque sería muy grave para la sociedad que cada agraviado haga justicia por mano propia, pues el castigo a los infractores de la ley corresponde a las autoridades de procuración y administración de justicia, mientras que las policías municipales tienen la obligación de evitar los delitos. Deben garantizar la seguridad de las personas y sus bienes, lo cual justifica la constitución y permanencia del Estado. No más justicia por mano propia, pero tampoco despojos de viviendas, ni la comisión de otros delitos que no se evitan, ni se castigan.