*Liberar casas en poder de delincuentes no necesita orden de cateo.
De la redacción
El delito de despojo de viviendas en el Estado de México por parte de la delincuencia organizada cuenta con protección de poderosos intereses políticos, lo cual dificulta erradicar el problema, coincidieron en señala varios abogados.
De la misma forma sostuvieron que las autoridades ayudan a los criminales con su omisión, cuando liberar los inmuebles sería sencillo desde el punto de vista legal, porque se trata de un delito flagrante y continuado.
El conocido abogado José Luis Altamirano Barrueta destacó que esa protección explica la impunidad de que disfrutan los grupos especializados en el delito de despojo de viviendas en el Estado de México, y que el delito no se conociera.
El Estado de México ocupa el primer lugar en el delito de despojo de viviendas, ilícito distinto al perpetrado contra viviendas del INFONAVIT, abandonadas desde hace muchos, cuyos dueños son deudores del organismo y llevan 10, 15 o 20 años que dejaron las casas.
Pero los despojos que han crecido mucho en los últimos años en las zonas urbanas mexiquense son los cometidos por grupos delictivos organizados, y las víctimas son desalojadas mediante la amenaza de las armas. También incluyen casas no ocupadas, pero no abandonadas.
El “modus operandi” es el despojo violento, pero incluye igualmente la modalidad de renta, con pago un mes y el equivalente a un mes de depósito, pero no vuelven a cubrir el alquiler y amenazan de muerte a los dueños para que no denuncien los despojos, y muestran armas de fuego de grueso calibre para intimidar.
Altamirano Barrueta destacó que la protección política a los delincuentes organizados es muy notoria en las unidades habitacionales de Lerma, donde la policía no impide el apoderamiento ilegal de inmuebles.
Abogados penalistas explicaron que por tratarse de un delito flagrante (dado que los criminales ocupan permanentemente los inmuebles), el desalojo no requiere de orden de cateo, ni de aprehensión, pues es igual a que si un ladrón se mete a un domicilio a robar, lo detectan y lo denuncian a la policía.
Ésta puede ingresar al inmueble con la autorización de la víctima y capturar al delincuente. En el despojo de vivienda, basta con que el agraviado acredite ante el ministerio público su legal y legítima propiedad, para que sin necesidad de un juez se proceda, pero no lo hace así.
Cuando las víctimas deciden irse por el lado delos procesos penales, los casos duran varios años, porque muchos juzgadores también se coluden con los intereses políticos y económicos y el afectado debe gastar en abogados, sostuvieron.
Hay señalamientos concreto de un sindicato cuya razón social es la de “Los 300”, que se dedicaría en realidad a diversos delitos, desde extorsión, cobro de “derecho de piso” y despojo de viviendas, y actúa con absoluta impunidad.