*Por la madrugada del miércoles terminó la sesión en la cual se aprobó la reforma.
De la redacción
Cerca de las cuatro de la madrugada de ayer miércoles la Cámara de Diputados Federal aprobó la minuta enviada por el Senado de la reforma a la Ley de Amparos, devuelta a esa cámara de origen para su aval definitivo y remisión a la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor.
Estos cambios, que prohíben la suspensión provisional en los amparos contra el congelamiento de cuentas por presunto “lavado de dinero” de parte de organizaciones criminales, incluyendo las de “cuello blanco”, estuvieron precedidos por una furiosa campaña de desinformación, basada en mentiras sostenidas por varias semanas por la oposición partidista y el poder fáctico mediático que financia la ultraderecha empresarial, que se beneficiaba del recurso de amparos para evadir el pago de impuestos.
Los ataques buscaron generar el rechazo social a la reforma, pues legisladores de la oposición y el sicariato mediático sostuvieron que se trataba de suprimir el amparo, el principal recurso de la población contra actos de autoridad arbitrarios e ilegales, lo cual ni se tocó, ni estaba en la iniciativa de reforma impulsada por el Poder Ejecutivo Federal.
Los mexicanos comunes y corrientes nunca somos víctimas de congelamiento de cuentas por sospechas e indicios de “lavado de dinero”, por lo que no suprimir la suspensión provisional en estos casos específicos no nos afecta, como si impactará a quienes tienen ahorros productos de actividades criminales.
Otra gran falla en la Ley reformada, cuyo vacío era indispensable llenar fue el de la inatacabilidad de las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en los juicios de amparos por evasión fiscal. En la actualidad, en una clara falta de lógica, esos fallos pueden ser combatidos para no ser ejecutados, mediante amparos en los juzgados de distrito y tribunales de circuito; es decir, los efectos de lo que resuelve la máxima autoridad judicial del país puede ser nulificado por la primera o segunda instancia, que son autoridades jurisdiccionales inferiores a la SCJN.
Así, los grandes evasores fiscales evaden sus obligaciones, como Ricardo Salinas Pliego, dueño de Televisión Azteca y Elektra, quien mediante amparos evade el pago de 74 mil millones de pesos de adeudos fiscales. En la práctica la falta de claridad en la Ley de Amparos permitía al evasor de impuestos no pagar lo que resolvía la Corte, la máxima autoridad del sistema judicial mexicano. Cuando entre en vigor la reforma citada esto ya no ocurrirá.
La campaña contra la reforma a la Ley de Amparo ocultó esta realidad y simplemente sus promotores difundieron lo que les permitía arraigar la creencia de que los mexicanos ya no podían obtener amparo contra actos de autoridad violatorios de sus garantías constitucionales, lo que era y es una falsedad, como lo son las aseveraciones del sicariatro mediático de que se mató la democracia y sus libertades, para encaminarnos a una dictadura por la reforma a la Ley de Amparo, que para nada toca esa protección de los ciudadanos ante atropellos a sus derechos.
No era causal que la furiosa embestida contra los cambios citados la encabezará Ricardo Salinas Pliego, el mayor evasor del país, cuya ruindad llegó a tanto en otro tema que aprovechó la tragedia ocasionada por las lluvias para culpar de ello a los gobiernos de Morena y burlarse de los damnificados que, según él, votaron por el partido guinda.
De acuerdo con información estadística de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cada año se presenta cerca de 50 mil solicitudes de amparo y el 70 por ciento es de empresas, por lo que en realidad los ciudadanos comunes, como los asalariados, campesinos y otros segmentos poblacionales no recurren al amparo, porque no son delincuentes.






